Claro que las hay. La Comisión Consultiva de la Tarifa por Habitante se crea el 1 de noviembre de 2013 con el fin de atender y dar respuesta a aquellas circunstancias particulares que, por razones de equidad y justicia social, merecen un tratamiento diferenciado en la aplicación de la tarifa. La Comisión  está integrada de manera paritaria a las Asociaciones de Consumidores más representativas de Málaga y EMASA y se reúne con regularidad para estudiar los criterios aplicables a estas casuísticas singulares.

Discapacidades reconocidas oficialmente

Para las discapacidades reconocidas oficialmente, por el órgano competente de la Junta de Andalucía con movilidad reducida y en aquellos casos de enfermedad en los que se justifique con el certificado oficial adecuado la necesidad de un mayor consumo de agua. En estos casos se considerará una persona más, de los realmente empadronados, por cada discapacitado a efectos del cómputo en la factura durante el periodo que se determine.

Personas que conviven durante parte del día con más personas en su vivienda

Previa conformidad de los usuarios afectados, se distribuirán los habitantes entre ambas viviendas, según se solicite, con independencia de lo recogido en el padrón, siempre y cuando se trate de viviendas sitas en el municipio de Málaga, y con una duración de 1 año.

Estudiantes matriculados en estudios oficiales con beca

Estudiantes matriculados en estudios oficiales con beca solicitada o concedida que puedan perderla por el hecho de modificar su empadronamiento a la ciudad de Málaga capital. Se les considerará como habitantes pese a no estar empadronados aportando la justificación correspondiente.

Progenitores separados/divorciados

Progenitores separados/divorciados que compartan la custodia de hijos y uno de los cuales, al menos esté empadronado en Málaga. Se dan distintas situaciones:

  1. Si hay acuerdo entre los progenitores se considerará a efectos de facturación lo que indiquen en la solicitud firmada por ambos.
  2. Si la custodia es compartida se considerará la convivencia al 50%.
  3. Si la sentencia judicial es con un convenio básico o equivalente se computará un 80% con la persona que ostente la custodia mayoritaria y el 20% con la otra.

Dobles tomas de agua a un suministro en una sola vivienda

Dobles tomas de agua a un suministro en una sola vivienda, bien por tener dos viviendas unidas o por otros motivos. Se deja libertad a los titulares para que comuniquen como quieren que se les computen los habitantes en cada vivienda a efectos de cálculo de factura.

Usos temporales o esporádicos de viviendas

Se ofrece la posibilidad de aplicar la tarifa de “otros usos”.

Contrato de agua fría y caliente

Se computan 50% de los habitantes empadronados a cada contrato con vigencia de 1 año.