Uno. El capital social de la Empresa será de setenta y dos millones ochocientos cuarenta y dos mil novecientos sesenta y un euros con cuarenta y cuatro céntimos de euro (72.842.961,44 Euros), representado por siete mil doce acciones de diez mil trescientos ochenta y ocho euros con treinta y tres céntimos de euro (10.388,33 Euros) cada una, numeradas correlativamente del 1 al 7.012, ambos inclusive. Las acciones serán nominativas e intransferibles a favor del Excmo. Ayuntamiento de Málaga, único propietario de las mismas, y estarán representadas por un único extracto de inscripción.

El capital social se declara desembolsado en su totalidad.

Dos. Sin que se integre en el capital social, el accionista único, Excmo. Ayuntamiento de Málaga, trasmite a la Sociedad, en régimen de prestación accesoria retribuida, la concesión administrativa del uso y explotación de los bienes de dominio público local de saneamiento imprescindible para la prestación del servicio, que se denominan “redes e instalaciones del saneamiento de Málaga, no pertenecientes a Emasa”, por no haber sido financiadas por ella, que se valoran en CUARENTA Y CUATRO MILLONES CIENTO SETENTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS EUROS, (SIETE MIL TRESCIENTOS CINCUENTA MILLONES SEISCIENTAS CINCUENTA MIL SEISCIENTAS VEINTITRÉS PESETAS), concesión cuyo contenido se especifica en el pliego de condiciones técnicas y administrativas, por un período de cincuenta años. La retribución que abonará la Sociedad al accionista Ayuntamiento en concepto de canon de la concesión es de TREINTA Y CUATRO MILLONES CIENTO SESENTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS VEINTE EUROS NOVENTA Y SIETE CÉNTIMOS, (CINCO MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y CINCO MILLONES DOSCIENTAS OCHENTA MIL SESENTA Y SIETE PESETAS pagaderas en la forma prevista en el clausulado concesional, esto es, la cantidad de VEINTIDOS MILLONES CUATROCIENTOS DIEZ MIL QUINIENTOS TREINTA Y NUEVE EUROS CON TREINTA Y CINCO CÉNTIMOS (TRES MIL SETECIENTOS VEINTIOCHO MILLONES OCHOCIENTAS MIL PESETAS), antes del 31 de diciembre de 1994; y el resto, o sea, la cifra de ONCE MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y UN EUROS CON SESENTA Y DOS CÉNTIMOS, (MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y SEIS MILLONES CUATROCIENTAS OCHENTA MIL PESETAS), en el plazo de dieciocho meses a contar desde el día siguiente al de aprobación plenaria de la concesión. Los títulos de las acciones que integran el capital social llevarán en su anotación en cuenta nota suficiente de la prestación accesoria otorgada a que quedan afectadas las mismas.

Tres. Sin que se integre en el capital social, el accionista único, Excmo. Ayuntamiento de Málaga, trasmite a la Sociedad, en régimen de prestación accesoria retribuida, la ampliación de la concesión administrativa otorgada a Emasa el 24 de junio de 1.994, con los bienes que constituyen las inversiones posteriores a 1.994 de saneamiento y depuración, no pertenecientes a Emasa, por no haber sido financiadas por ella, que se valoran en CUARENTA Y UN MILLONES SEISCIENTOS NOVENTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS VEINTICUATRO EUROS CON CINCUENTA Y CINCO CÉNTIMOS DE EURO (41.693.424,55 Euros), concesión cuyo contenido se especifica en el Pliego de condiciones regulador de la concesión aprobada por Acuerdo de Pleno de 24 de junio de 1.994, por el contrato de ampliación de la concesión administrativa del uso y explotación de redes e instalaciones del saneamiento y depuración de 22 de diciembre de 2.006 y por el Acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 29 de diciembre de 2.006. La retribución que abonará la Sociedad al accionista Ayuntamiento en concepto de canon de la concesión es de CINCUENTA MILLONES NOVECIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS SESENTA EUROS CON SESENTA Y CUATRO CÉNTIMOS DE EURO (50.952.360,64 Euros) pagaderos la cantidad de CUARENTA Y UN MILLONES NOVECIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS SESENTA EUROS CON SESENTA Y CUATRO CÉNTIMOS DE EURO (41.952.360,64 Euros) en diciembre de 2.006, y la cantidad de NUEVE MILLONES DE EUROS (9.000.000 Euros) antes del 28 de diciembre de 2.007. Los títulos de las acciones que integran el capital social llevarán en su anotación en cuenta nota suficiente de la prestación accesoria otorgada a que quedan afectadas las mismas.

Cuatro. Sin que se integre en el capital social, el accionista único, Excmo. Ayuntamiento de Málaga, trasmite a la Sociedad, en régimen de prestación accesoria retribuida, la concesión administrativa del uso y explotación de determinados bienes de dominio público local de abastecimiento imprescindibles para la prestación del servicio, consistentes en las redes o conducciones de abastecimiento y distribución de agua de titularidad municipal no financiadas por Emasa, su explotación conforme al uso que le es inherente, así como la utilización del dominio público ocupada por las conducciones, que se valoran en NOVENTA Y DOS MILLONES CUATROCIENTOS DIECIOCHO MIL QUINIENTOS DIECIOCHO EUROS CON SESENTA Y DOS CÉNTIMOS DE EURO (92.418.518,62 Euros), concesión cuyo contenido se especifica en el pliego de condiciones técnicas, jurídicas y económico-administrativas, por un período de treinta y cuatro años. La retribución que abonará la Sociedad al accionista Ayuntamiento en concepto de canon de la concesión es de SETENTA Y CINCO MILLONES VEINTITRÉS MIL EUROS (75.023.000 Euros) pagaderos en la forma prevista en el clausulado concesional, esto es, la cantidad de QUINCE MILLONES DE EUROS (15.000.000 Euros) antes del 31 de diciembre de 2.009; QUINCE MLLONES SETECIENTOS MIL EUROS (15.700.000 Euros) antes del 31 de enero de 2.010; VEINTISIETE MILLONES DE EUROS (27.000.000 Euros) antes del 31 de diciembre de 2.010; y DIECISIETE MILLONES TRESCIENTOS VEINTITRÉS MIL EUROS (17.323.000 Euros), antes del 31 de diciembre de 2.011. Los títulos de las acciones que integran el capital social llevarán en su anotación en cuenta nota suficiente de la prestación accesoria otorgada a que quedan afectadas las mismas.

Cinco. Sin que se integre en el capital social, el accionista único, Excmo. Ayuntamiento de Málaga, trasmite a la Sociedad, en régimen de prestación accesoria gratuita, la concesión administrativa de la parcela de equipamiento local, sita en el SUP-T.7 “Bizcochero-Capitán”, con una superficie de 16.645 m2, inscrita en el Registro de la Propiedad nº 8 de Málaga, al Folio 66, Tomo 2.396, Inscripción 1ª, Finca nº 15.118/A, y referencia catastral 9243501UF6694S, que se valora en CUATRO MILLONES NOVECIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS SESENTA EUROS CON VEINTINUEVE CÉNTIMOS DE EURO (4.984.960,29 Euros), concesión cuyo contenido se especifica en el pliego de condiciones, por un período de setenta y cinco años. Los títulos de las acciones que integran el capital social llevarán en su anotación en cuenta nota suficiente de la prestación accesoria otorgada a que quedan afectadas las mismas.

Seis. Sin que se integre en el capital social, el accionista único, Excmo. Ayuntamiento de Málaga, trasmite a la Sociedad, en régimen de prestación accesoria gratuita, la concesión demanial de las redes de baldeo correspondientes a las zonas 1 a 16 y las dársenas de Martiricos y Bellavista, que se valoran en TRES MILLONES QUINIENTOS VEINTICINCO MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y CINCO EUROS CON TREINTA Y TRES CÉNTIMOS (3.525.855,33€), concesión cuyo contenido se especifica en el pliego de condiciones, por un período de veinticuatro años. Los títulos de las acciones que integran el capital social llevarán en su anotación en cuenta nota suficiente de la prestación accesoria otorgada a que quedan afectadas las mismas.