CONDICIONES PARA SER BENEFICIARIO DEL PLAN DE APOYO A LA ACTIVIDAD “EMASA IMPULSA”
Este Plan está dirigido a usuarios de Emasa que reúnan todos y cada uno de los siguientes requisitos:
- Ser cliente de Emasa con contrato en vigor para el suministro de agua para uso industrial/comercial/otros usos.
- El contrato de agua deberá estar vinculado con el ejercicio de una actividad que se corresponda con alguno de los códigos de actividades económicas señalados al final de esta página.
- Tener domiciliado en entidad bancaria el pago de las facturas emitidas con cargo a dicho contrato y mantener vigente la domiciliación hasta, al menos, el final del periodo de vencimiento de las cuotas aplazadas.
- Estar al corriente en los pagos a Emasa y no haber incumplido acuerdos de pago anteriores.
El Plan permitirá a los usuarios que cumplan todos los requisitos anteriores, el aplazamiento del pago de las facturas emitidas desde la fecha de aprobación de su solicitud hasta el día 30 de septiembre de 2020.
Las facturas cubiertas por el Plan EMASA Impulsa se remitirán al cliente a modo informativo con la indicación expresa de su pertenencia a dicho plan.
El abono de las facturas así acogidas se fraccionará automáticamente en 6 plazos mensuales sin coste adicional alguno para el cliente. El cargo en cuenta domiciliado de estos plazos se realizará en los días 1 a 5 de cada mes iniciándose en noviembre del año 2020 y finalizando en abril del año 2021 (ambos incluidos).
Llegada la fecha final de vencimiento estos beneficios no podrán ser objeto de otra prórroga o aplazamiento.
El beneficio concedido en virtud de este Plan quedará completamente anulado en los siguientes casos:
- Devolución o impago de dos cuotas consecutivas.
- Devolución o impago de tres cuotas no consecutivas.
- En caso de que, a lo largo de la duración del acuerdo de pago, el cliente deje de cumplir alguno de los requisitos previos que permitieron la concesión del acuerdo de aplazamiento y fraccionamiento de pago.
Constatada la existencia de cualquiera de estos supuestos, se producirá el vencimiento automático e inmediato de todos las cuotas o facturas que estuviesen aplazadas, con independencia de que hubiese llegado la fecha de su vencimiento, por lo que Emasa podrá exigir desde ese momento el pago de todos los importes acogidos a este Plan.
Códigos de actividades económicas incluidos en este Plan:
Este plan está dirigido a las empresas registradas con los códigos IAE incluidos en las agrupaciones 65 (650 a 659), 67 y 68 (671; 672; 673; 674.5; 675; 676; 677; 681; 682; 683; 684; 685; 686; 687)
Para acreditar la pertenencia del negocio a estos grupos es suficiente con la presentación del certificado de situación o identificación en el censo de actividades económicas de la AEAT o cualquier otro documento acreditativo de dicho código, como, por ejemplo:
- Página 1 del Modelo 010 del Impuesto sobre Actividades Económicas (Declaración censal cuota municipal - Gestrisam)
- Página 1 del Modelo 840 de Impuesto sobre Actividades Económicas (AEAT)
- Páginas de la 1 a la 4 del Modelo 036 de Declaración censal de alta, modificación y baja en el Censo de empresarios. Profesionales y retenedores (AEAT)
- Página 1 del Modelo 200 del último ejercicio presentado del Impuesto de Sociedades (AEAT)
- Página 8 del Modelo 100 del último ejercicio presentado del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (AEAT) en el caso de autónomos.
- En general cualquier documento que indique el código IAE de la actividad del negocio
TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES
Le informamos de que los datos de carácter personal proporcionados en el formulario serán tratados por la Empresa Municipal de Aguas de Málaga S.A., y el Ayuntamiento de Málaga con la finalidad de atender la solicitud de trámite seleccionada. Puede ejercer los derechos establecidos en la normativa sobre protección de datos cuando proceda. Puede conseguir información adicional sobre el tratamiento de sus datos en el siguiente enlace.